Consulta sobre Gestió beques NEE (MEC) en la situació Covid 19

Es va fer la consulta als ST sobre què es calia fer amb l’import corresponent a beques de reeducació (nee) del MEC, cobrades pel centre i que no s’han pogut destinar a la seva finalitat.

En la resposta, la referent de gestió econòmica dels ST al SE VOC VIII, va passar les instruccions del Ministeri al respecte. En el punt 2.c3) on es fa referència a les reeducacions, hi diu:

c.3) Reeducación pedagógica, reeducación del lenguaje y ayudas para altas capacidades: Dadas las circunstancias concurrentes como consecuencia de los efectos derivadosde la propagación del COVID 19 así como de la declaración del estado de alarma y la especial vulnerabilidad en la que se encuentran los alumnos destinatarios de estas ayudas y de sus familiares, con carácter excepcional, se considerarán amparados por esta ayuda todos aquellos gastos que redunden en favorecer la reeducación pedagógica o del lenguaje de los alumnos que por las circunstancias descritas, no han podido asistir a las sesiones presenciales de los profesionales previamente fijadas, tales como adquisición de material informático o audiovisual siempre que, por parte de los equipos de orientación o por la Administración educativa competente, se estime que redundan en favorecer la reeducación de estos estudiantes.

En cualquier caso, se considerarán justificados los gastos de reeducación pedagógica o del lenguaje que hayan sido realizados hasta el primer día de comienzo del curso escolar 2020-2021.